en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con el literal n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que en virtud del artículo 11 de la Ley 1444 de 2011, se escindió el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Que el artículo 12 de la Ley 1444 de 2011, reorganizó el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el cual denominó Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Que en uso de facultade
Considerando · 5 motivos
Que en virtud del artículo 11 de la Ley 1444 de 2011, se escindió el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Que el artículo 12 de la Ley 1444 de 2011, reorganizó el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el cual denominó Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que en uso de facultades extraordinarias conferidas en la Ley 1444 de 2011, el Presidente de la República modificó los objetivos y estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ordenando la adopción de la planta de personal para su funcionamiento.
Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con el fin de establecer la planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.
Artículo 1Las Funciones Propias Del Ministerio De Ambiente Y Desarrollo Sostenible Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que Se Establece A Continuación: Número De Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado Despacho Del Ministro 1 (Uno) Ministro 0005 - 2 (Dos) Asesor 1020 18 3 (Tres) Asesor 1020 13 1 (Uno) Asesor 1020 10 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 16 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 19 1 (Uno) Secretario Ejecutivo Del Despacho De Ministro 4212 25 Despacho Del Viceministro De Ambiente Y Desarrollo Sostenible 1 (Uno) Viceministro 0020 - 5 (Cinco) Asesor 1020 18 4 (Cuatro) Asesor 1020 13 1 (Uno) Asesor 1020 12 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 09 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 26 2 (Dos) Secretario Ejecutivo Del Despacho Del Viceministro 4215 24 Planta Global 1 (Uno) Secretario General 0035 23 1 (Uno) Director Técnico 0100 23 5 (Cinco) Director Técnico 0100 22 4 (Cuatro) Jefe De Oficina 0137 21 1 (Uno) Subdirector Técnico 0150 21 1 (Uno) Subdirector Administrativo Y Financiero 0150 21 11 (Once) Asesor 1020 13 3 (Tres) Asesor 1020 12 10 (Diez) Asesor 1020 11 4 (Cuatro) Asesor 1020 10 5 (Cinco) Asesor 1020 09 1 (Uno) Asesor 1020 08 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora De Planeación 1045 16 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora Jurídica 1045 16 26 (Veintiséis) Profesional Especializado 2028 24 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 21 65 (Sesenta) Profesional Especializado 2028 19 55 (Cincuenta) Profesional Especializado 2028 17 30 (Treinta) Profesional Especializado 2028 16 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 15 12 (Doce) Profesional Especializado 2028 14 15 (Quince) Profesional Especializado 2028 13 23 (Veintitrés) Profesional Universitario 2044 11 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 08 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 07 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 06 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 05 3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 18 5 (Cinco) Técnico Administrativo 3124 17 2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 16 14 (Catorce) Técnico Administrativo 3124 14 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 09 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 10 7 (Siete) Auxiliar Administrativo 4044 09 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 15 4 (Cuatro) Conductor Mecánico 4103 13 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 23 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 22 13 (Trece) Secretario Ejecutivo 4210 21 5 (Cinco) Secretario Ejecutivo 4210 20 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 17
°. Las funciones propias del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: Número de cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 (Uno) Ministro 0005 - 2 (Dos) Asesor 1020 18 3 (Tres) Asesor 1020 13 1 (Uno) Asesor 1020 10 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 16 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 19 1 (Uno) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 4212 25 DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE 1 (Uno) Viceministro 0020 - 5 (Cinco) Asesor 1020 18 4 (Cuatro) Asesor 1020 13 1 (Uno) Asesor 1020 12 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 09 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 1 (Uno) Secretario Bilingüe 4182 26 2 (Dos) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 4215 24 PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Secretario General 0035 23 1 (Uno) Director Técnico 0100 23 5 (Cinco) Director Técnico 0100 22 4 (Cuatro) Jefe de Oficina 0137 21 1 (Uno) Subdirector Técnico 0150 21 1 (Uno) Subdirector Administrativo y Financiero 0150 21 11 (Once) Asesor 1020 13 3 (Tres) Asesor 1020 12 10 (Diez) Asesor 1020 11 4 (Cuatro) Asesor 1020 10 5 (Cinco) Asesor 1020 09 1 (Uno) Asesor 1020 08 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 16 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora Jurídica 1045 16 26 (Veintiséis) Profesional Especializado 2028 24 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 21 65 (Sesenta) Profesional Especializado 2028 19 55 (Cincuenta) Profesional Especializado 2028 17 30 (Treinta) Profesional Especializado 2028 16 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 15 12 (Doce) Profesional Especializado 2028 14 15 (Quince) Profesional Especializado 2028 13 23 (Veintitrés) Profesional Universitario 2044 11 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 08 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 07 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 06 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 05 3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 18 5 (Cinco) Técnico Administrativo 3124 17 2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 16 14 (Catorce) Técnico Administrativo 3124 14 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 09 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 10 7 (Siete) Auxiliar Administrativo 4044 09 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 15 4 (Cuatro) Conductor Mecánico 4103 13 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 23 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 22 13 (Trece) Secretario Ejecutivo 4210 21 5 (Cinco) Secretario Ejecutivo 4210 20 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 17
Artículo 2El Ministro De Ambiente Y Desarrollo Sostenible, Mediante Resolución, Incorporará Los Empleados Públicos Que Del Ministerio Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial Continuarán Prestando Sus Servicios En El Ministerio De Ambiente Y Desarrollo Sostenible, Y Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Ministerio
°. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante resolución, incorporará los empleados públicos que del Ministerio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial continuarán prestando sus servicios en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Ministerio.
Artículo 3La Incorporación De Los Empleados A La Planta De Personal Establecida En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha De Publicación Del Presente Decreto
°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación del presente decreto.
Artículo 4La Incorporación Y El Nombramiento En Los Empleos De La Planta De Personal, Se Realizará De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Ley 909 De 2004 Y Demás Disposiciones Sobre La Materia
°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 5La Provisión De Los Empleos Creados En El Presente Decreto Se Efectuará En Forma Gradual, De Conformidad Con Las Disponibilidades Presupuestales Y Hasta La Concurrencia De Las Respectivas Apropiaciones
°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.