en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito
Considerando · 4 motivos
Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Ministerio de Gobierno, por medio de la Resolución número 1177 de 1974, declaró sobraste la cantidad de $ 1.000.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de que sea trasladada, para incrementár otras apropiaciones del mismo Presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad numero 43 de 1974 por $ 1.000.000 para amparar el trasladó presupuestal de que trata éste Decretó, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974
º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracréditos Ministerio de Gobierno Capítulo 103 Registraduría Nacional del Estado Civil Programa 103 Cedulación Gastos Generales 105 116 203. Artículo 1051. Compra de equipo 400.000 106 136 205. Artículo 1052. Viáticos y gastos de viaje 300.000 Programa 104 Identificación de Menores Gastos Generales 105 116 203. Artículo 1063. Compra de equipo 300.000 Suman los contracréditos $ 1.000.000 Créditos Ministerio de Gobierno Capítulo 103 Registraduría Nacional del Estado Civil Programa 103 Cedulación Gastos Generales 106 118 211. Artículo 1055. Materiales y. suministros 700.000 Programa 104 Identificación de Menores Gastos Generales 106 116 211. Artículo 1066. Materiales y suministros 300.000 Suman los créditos $ 1.000.000.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y publíquese.