en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 19 de la Ley 24 de 1992
Artículo 1
ArtÃculo 1°. Créanse en la Planta de Personal de la DefensorÃa del Pueblo los siguientes cargos: N° de Cargos Nivel y denominación del empleo Grado SISTEMA NACIONAL DE DEFENSORIA PUBLICA Treinta y seis (36) Coordinador Administrativo y de Gestión de la Regional o Seccional en DefensorÃa Pública 19 Ocho (8) Profesional Especializado 19 Doce (12) Profesional Especializado en CriminalÃstica 18 Cinco (5) Profesional Especializado 18 Diecinueve (19) Profesional Especializado en Investigación 17 Uno (1) Profesional Especializado 17 Treinta y uno (31) Técnico en CriminalÃstica 15 Doce (12) Técnico Administrativo 15 Uno (1) Técnico en Presupuesto 15 Cuarenta y siete (47) Auxiliar Administrativo 10
Artículo 2
º . El Defensor del Pueblo distribuirá los cargos a que se refiere el artículo 1º del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Entidad, de conformidad con lo establecido en el
del artículo 56 de la Ley 941 de 2005.
Artículo 3
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente el Decreto 188 del 27 de enero de 1993.