en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3521 de esta fecha se estableció la censura de la prensa y de la radiodifusión
Artículo 1Hácense Los Siguientes Nombramientos Para Censores De La Prensa Escrita De Bogotá: Jefes De Control De Prensa: General De Miguel Ángel Hoyos; Doctor Alberto Riaño Cualla
° Hácense los siguientes nombramientos para censores de la prensa escrita de Bogotá: Jefes de Control de Prensa: General de Miguel Ángel Hoyos; doctor Alberto Riaño Cualla. Para El Tiempo : Coronel Álvaro González Quintana; Francisco Plata V Bermúdez, Mario Franco Ruiz, Ernesto Garcia Barriga. Para El Siglo : Teniente Coronel Luis E. Zuluaga; Gustavo Atuesta, Luis Eduardo Cadavid, Ernesto Maldonado Villamizar. Para El Liberal : Capital de Corbeta Nicolás Díaz, Alberto Niño H., Antonio Giraldo Yepes, Pedro Camargo Caballero. Para El Espectador : Capitán de Corbeta Jorge Pardo M., Alfredo Camacho Ramírez, Enrique Vargas Orjuela, Pedro Nel Rueda Uribe. Para Eco Nacional : Capital de Fragata Julio Ayala, José Agustín Noriega, Diego Velasco, Luis Galvis Madero. Para Jornada : Coronel Jesús Lloreda; Vicente Calvo Castillo, Alberto Rebolledo, Pedro Pablo Suarez. Para La Nación : Coronel Juan Lizarazo, Alfonso Peláez Palacio. Para Semana : Mayor Diego J. Ferro, Jaime Pardo. Para sábado : Mayor Diego J. Ferro, Eduardo Franco Cardona. Para Crítica: Capitán de Corbeta Alejandro Herrera; Alfonso Luque Maya. Para Vanguardia del Pueblo : Capitán de Corbeta Alejandro Herrera, Jorge Galvis Mejía. Para Clarín . Álvaro Ronderos. Para Estampa : Camilo Delgado Morales. Para Democracia : Daniel Vargas. Para Nuestra Torre : Álvaro León Muñoz Para la revista C.T.C : Humberto Mesa González.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde Su Expedición
° Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.