Micelio

decreto 2044 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Artículo 1Auxiliase Al Departamento Del Tolima Con La Suma De Diez Mil Pesos ($ 10

° Auxiliase al Departamento del Tolima con la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente para ayudar a los damnificados pobres, con ocasión de los sucesos de orden público, suma que será girada al Tesorero General de dicho Departamento y la cual será distribuida por la Junta Departamental de Hacienda, de conformidad con los censos levantados por las Juntas Municipales, de que trata el artículo siguiente.

Artículo 2Autorizase Al Gobernador Del Tolima Para Crear Juntas Municipales, Integradas Por Los Respectivos Alcaldes, Párrocos Y Personeros De Los Correspondientes Municipios, Las Cuales Estarán Encargadas De Levantar El Censo De Aquellas Personas Que Por Las Causas Anotadas En El Artículo Anterior Hayan Quedado En Situación De Completa Indigencia Y Que Serán Pasados A La Junta Departamental De Hacienda Para Los Fines Previstos En El Artículo Anterior

° Autorizase al Gobernador del Tolima para crear Juntas Municipales, integradas por los respectivos Alcaldes, Párrocos y Personeros de los correspondientes Municipios, las cuales estarán encargadas de levantar el censo de aquellas personas que por las causas anotadas en el artículo anterior hayan quedado en situación de completa indigencia y que serán pasados a la Junta Departamental de Hacienda para los fines previstos en el artículo anterior.

Artículo 3El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Dictará Las Providencias Necesarias Para El Cumplimiento Del Presente Decreto

Articulo 3° El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dictará las providencias necesarias para el cumplimiento del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas