en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 13 de los corrientes, le impartió su aprobación a las solicitudes que por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público hicieron los Ministerios de Relaciones Exteriores y Educación Nacional y la Contraloría General de la República, para efectuar algunos traslados en sus respectivos presupuestos, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 04 de 1931
Artículo 1Hácense En El Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores Los Siguientes Traslados: Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 21 Gastos Varios
º Hácense en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes traslados: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 21 Gastos varios. Del artículo 61. Gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio $ 10,000 AL CAPITULO 19 Servicio diplomático y consular. Al artículo 47. Viáticos del servicio diplomático $ 10,000 Sumas iguales $ 10,000 10,000
Artículo 2Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Educación Nacional: Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 47 Establecimientos Varios
º Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 47 Establecimientos varios. Del articulo 184 A. Para institutos de artes y oficios en las ciudades que determine el Gobierno $ 13,700 AL CAPITULO 40 Personal y material . Artículo 145. Para útiles de escritorio, material de las Oficinas del Ministerio y sus dependencias, premios y para gastos ele la fiesta de la bandera $ 2,500 AL CAPITULO 41 Academia de Historia, Biblioteca y Museo, etc. Al artículo 148. Para compra de libros, encuadernación, catalogación, Canjes, aseo y demás material de la Biblioteca Nacional 2,000 AL CAPITULO 43 Instrucción profesional . Al artículo 158. Para sueldos del Personal y material de la Facultad de Matemáticas e Ingeniería y para material del Observatorio Astronómico 4,000 Al artículo 163. Para sueldos del Personal y material del Conservatorio Nacional de Música 2,500 AL CAPITULO 45 Becas. Al artículo 175. Pura pensiones alimenticias de alumnos becados f),una beca a que se refiere el artículo 3º de la Ley 1ª de 1934 700 AL CAPITULO 49 Gastos varios. Al artículo 219. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio y pago de los medios sueldos por enfermedad comprobada 2,000 Sumas iguales $ 13,700 13,700
Artículo 3Hácense Los Siguientes Traslados Entre Las Apropiaciones Del Departamento De Contraloría, Así: Contraloria General De La Republica Capitulo 62 Gastos Varios
Articulo 3º Hácense los siguientes traslados entre las apropiaciones del Departamento de Contraloría, así: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CAPITULO 62 Gastos varios. Del artículo 282. Para viáticos de los empleados de la Contraloría General de la República cuando tengan que viajar en visitas o en comisión del servicio $ 1,500 Del artículo 283. Para gastos imprevistos de la Contraloría y pago de medios sueldos a los empleados de la institución, por enfermedad debidamente comprobada $ 3,500 CAPITULO 61 Personal y material. Al artículo 280. Para sueldos del personal de la Contraloría General de la República $ 3,500 Al artículo 281. Para útiles de escritorio, muebles, publicaciones e impresión del informe financiero y anuarios de estadística, formularios y demás gastos de material y pago de gastos de vigencias anteriores 1,500 Sumas iguales $ 5,000 5,000 Comuníquese y cúmplase.