Artículo 1Hacer Las Siguientes Distribuciones En El Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia
° Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia. aquí va un PDF pág. 1 y 2
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público