en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que ha fallecido en Barranquilla el doctor Alberto Pumarejo
Considerando · 5 motivos
Que ha fallecido en Barranquilla el doctor Alberto Pumarejo;
Que el doctor Alberto Pumarejo tuvo, una larga, y brillante trayectoria política como eminente servidor público;
Que el doctor Alberto Pumarejo desempeñó los cargos de Alcalde de Barranquilla, Gobernador del Atlántico, Ministro de Correos y Telégrafos y de Guerra; fue además designado a la Presidencia de la República y ostentó en varias legislaturas cargos de representación popular;
Que en esas posiciones el doctor Alberto Pumarejo se destacó por su inteligencia, por sus virtudes morales, por su vasta capacidad de servicio, por su infatigable actividad orientada siempre a la defensa de los intereses generales de la Costa Atlántica y al engrandecimiento de la nacionalidad colombiana;
Que es deber del Gobierno exaltar la memoria de los colombianos ilustres que han ocupado posiciones elevadas en el manejo del Estado y han sido grandes servidores de Colombia;
Artículo 1El Gobierno Nacional Deplora El Fallecimiento Del Doctor Alberto Pumarejo Y Expresa Su Condolencia A Sus Familiares
°. El Gobierno Nacional deplora el fallecimiento del doctor Alberto Pumarejo y expresa su condolencia a sus familiares.
Artículo 2El Ministerio De Defensa Nacional Ordenará Que Se Rindan, Durante Las Exequias, Lo Honores Correspondientes, Al Ilustre Hombre Desaparecido
°. El Ministerio de Defensa Nacional ordenará que se rindan, durante las exequias, lo honores correspondientes, al ilustre hombre desaparecido.
Artículo 3El Señor Ministro De Minas Y Petróleos Llevará La Representación Del Gobierno Nacional En Los Funerales Del Doctor Pumarejo
°. El señor Ministro de Minas y Petróleos llevará la representación del Gobierno Nacional en los funerales del doctor Pumarejo.
Artículo 4Copia De Este Decreto, En Nota De Estilo, Será Entregado A La Señora Viuda Del Doctor Alberto Pumarejo
°. Copia de este Decreto, en nota de estilo, será entregado a la señora viuda del doctor Alberto Pumarejo.
Artículo 5Este Decreto Rige Desde Su Fecha
°. Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.