Artículo 1
Articulo único. Créase 1 puesto de Administrador del Ferrocarril del Norte, en la sección de prolongación de. Esta vía, con la asignación mensual de $ 500, y nómbrase para desempeñarlo al señor General Celerino Jiménez. Comuníquese y publíquese
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas