en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 189, numeral 17 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 5º del Decreto 1682 del 27 de junio de 1997.
Artículo 1Asignar A Partir Del 1º De Enero De 1998, A La Unidad De Planeación Minero-Energética, Unidad Administrativa Especial Adscrita Al Ministerio De Minas Y Energía, Las Siguientes Funciones A Cargo Del Instituto De Ciencias Nucleares Y Energías Alternativas, Inea: 1
º. Asignar a partir del 1º de enero de 1998, a la Unidad de Planeación Minero-Energética, Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía, las siguientes funciones a cargo del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, INEA
Fomentar y diseñar los programas de uso racional de energía, en todos los campos de la actividad económica y adelantar las labores de difusión necesarias.
Fomentar, diseñar y establecer de manera prioritaria los planes, programas y proyectos relacionados con el ahorro, conservación y uso eficiente de la energía.
Elaborar los planes y programas de carácter científico y tecnológico para la intensificación del uso de las fuentes alternas de energía.
Artículo 2º
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.