Micelio

decreto 285 de 1924

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Artículo 1Apruébase En Todas Sus Partes El Reglamento De Uniformes Para El Ejército De La República, Elaborado Por El Ministerio De Guerra

º. Apruébase en todas sus partes el Reglamento de Uniformes para el Ejército de la República, elaborado por el Ministerio de Guerra.

Artículo 2Dicho Reglamento Será Puesto En Vigor Dos Años Después De La Publicación Del Presente Decreto

º. Dicho Reglamento será puesto en vigor dos años después de la publicación del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra