en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección Gen
Considerando · 1 motivo
Que el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal.
Artículo 1Derogado
°. Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 1°. Suprímense de la planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, los siguientes empleos: PLANTA GLOBAL N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 1 (uno) Director del Sector Defensa 1-3 14 1 (uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 18 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 16 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 15 3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 12 2 (dos) Profesional de Defensa 3-1 10 2 (dos) Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24 1 (uno) Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 23 1 (uno) Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 22 1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 28 1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 23 1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 17 1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 15 CARGOS DE JURISDICCION Juzgado de Dirección o Inspección 2 (dos) Auditor de Guerra de Dirección o Inspección. Juzgado de División, Fuerza Naval, Comando Aéreo y Policía Nacional 9 (nueve) Auditor de Guerra de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana. Juzgado de Brigada, Base Aérea, Grupo Aéreo y Departamento de Policía 4 (cuatro) Auditor de Guerra de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo y Departamento de Policía.
Artículo 2Derogado
°. Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 2°. Créanse en la planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, los siguientes empleos: DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 1 (uno) Director del Sector Defensa 1-3 18 1 (uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 22 1 (uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 20 3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 18 2 (dos) Profesional de Defensa 3-1 16 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 15 3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 12 2 (dos) Profesional de Defensa 3-1 10 5 (cinco) Profesional de Defensa 3-1 01 PLANTA GLOBAL N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 2 (dos) Técnico de Servicios 5-1 24 1 (uno) Técnico de Servicios 5-1 23 2 (dos) Técnico de Servicios 5-1 22 1 (uno) Auxiliar de Servicios 6-1 28 1 (uno) Auxiliar de Servicios 6-1 23 2 (dos) Auxiliar de Servicios 6-1 17 2 (dos) Auxiliar de Servicios 6-1 15 EMPLEOS JURISDICCION Juzgado de Instrucción Penal Militar 5 (cinco) Juez de Instrucción Penal Militar Secretarios de Juzgado, Fiscalía y Auditoría 9 (nueve) Secretario
Artículo 3
º . Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 3º . Los empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, serán incorporados directamente a los empleos equivalentes establecidos en el presente decreto, y continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal. Los demás empleos serán provistos de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4
º . Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 4º . Las incorporaciones a los cargos de la planta de personal de que trata el presente decreto, se harán en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 5
º . Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 5º . El Ministro de Defensa Nacional o quien este delegue, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 6
º . Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 6º . Los empleos con jurisdicción de la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, continuarán rigiéndose por los Decretos números 2423 de 2001, 108 de 2004 y 3406 de 2004.
Artículo 7
º . Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 7º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los Decretos 2423 de 2001, 3406 de 2004 y deroga el Decreto 4174 de 2007. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 3406 de 2004 Deroga DECRETO 4174 de 2007 Modifica en lo pertinente DECRETO 2423 de 2001