Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971; Presupuesto De Inversión
º. Hácese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971; Presupuesto de inversión. Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 710 Ministerio de Obras Públicas. Programa 710. Edificios, Monumentos y Parques Nacionales. Subprograma 1. Estudios, reconstrucción y conservación de edificios nacionales . Inversión directa. Recursos del crédito interno. (Bonos Ley 21/63). 563-435. Artículo 7100. Estudios, reconstrucción y conservación de edificios nacionales 3.000.000.00 Proyecto 1. Edificio Departamento Nacional de Planeación $ 3.000.000.00 Suma el contracrédito $ 3.000.000.00
Artículo 2
º . Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Inversión. Ministerio de Obras públicas. CAPITULO 710 Ministerio de Obras Públicas. Programa 710. Edificios, monumentos y parques nacionales. Inversión directa. Recursos del Crédito Interno. (Bonos Ley 21/63). 531-433. Artículo 710.6-B, Remodelación del sector antiguo de Popayán (Ley 163 de 1959) $ 3.000.000.00 Suma el crédito $ 3.000.000.00
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.