Artículo 1Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Inversion Ministerio De Desarrollo Económico Capítulo 610 Gabinete Del Ministro Programa 610 Planeación Y Fomento En Los Departamentos Inversión Directa Recursos Ordinarios 490 282
° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1974: PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Desarrollo Económico Capítulo 610 Gabinete del Ministro Programa 610 Planeación y Fomento en los Departamentos Inversión Directa Recursos Ordinarios 490 282. Artículo 6101. Planeación y Fomento en el Departamento del Chocó. $ 5.000.000.00, que se distribuyen así: Energía Eléctrica: Proyecto 8. Compra de acciones del Departamento en la Electrificadora del Chocó $ 1.200.000 Acueductos: Proyecto 9. Ensanche y reparación del Acueducto de Tadó 400.000 Educación: Proyecto 10. Reparaciones aulas escolares 400.000 Proyecto 11. Terminación escuela de Condoto 200.000 Caminos Vecinales: Proyecto 12. Carretera Titumate-Balboa 600.000 Proyecto 13. Carretera Quibdó-Guayabal-Negua 300.000 Obras de infraestructura de Quibdó: Proyecto 14. Terminación del malecón de Quibdó 600.000 Proyecto 15. Terminación del Puente La Yesca 100.000 Oficina de Planeación Departamental: Proyecto 16. Estudios técnicos y dotación de la oficina 200.000 Turismo Proyecto 17. Dotación Hotel Citará de Quibdó, mediante contrato entre el Gobierno Departamental y la Corporación Nacional de Turismo 1.000.000 Total $ 5.000.000
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.