Artículo 1Los Miembros Del Consejo De Programación Cultural De La Radiotelevisara Nacional, Creado Por Decreto Número 1241 De 1960 Que No Sean Empleados O Funcionarios Públicos, Tendrán Una Remuneración De Cien Pesos ($ 100) Por Cada Sesión A Que Concurran
°. Los miembros del Consejo de Programación Cultural de la Radiotelevisara Nacional, creado por Decreto número 1241 de 1960 que no sean empleados o funcionarios públicos, tendrán una remuneración de cien pesos ($ 100) por cada sesión a que concurran.
Artículo 2
°. . Este Decreto rige a partir del primero de septiembre del año en curso. Comuníquese y publíquese.