Micelio

decreto 2736 de 1975

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en e1 Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en e1 Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dictó la Resolución número 15345 de 1975, por la cual se aprueba la Resolución número 521 del mismo año, de la Comisión de la Mesa del Senado de la República, que declaró la cantidad de $ 500.000.00 sobrante, en el presupuesto de dicho Senado, con el objeto de que sea trasladada para incrementar, otra apropiación del mismo presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto - ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de reserva y disponibilidad número l0l de-1975 por $ 500.000.00 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Funcionamiento Congreso Nacional Contracrédito Capitulo 001 Senado De La República Programa 001 Estudio, Discusión Y Aprobación De Leyes En El Senado

° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de funcionamiento CONGRESO NACIONAL Contracrédito CAPITULO 001 Senado de la República PROGRAMA 001 Estudio, discusión y aprobación de leyes en el Senado. Gastos Generales 105 111 203 Artículo 0012. Compra de equipo 500.000.00 Suma el contracrédito $ 500.000.00 Crédito CAPITULO 001 Senado de la República PROGRAMA 001 Estudió, discusión y aprobación de leyes en el Senado Gastos Generales 105 111 201 Artículo 0011. Mantenimiento y aseguros $ 500.000.00 Suma el crédito $ 500.000.00

Artículo 2Se Aclara Que En El Decreto Número 1680 De 1975 Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Le Corresponde El Artículo 1502 - C

° Se aclara que en el Decreto número 1680 de 1975 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, le corresponde el artículo 1502 - C.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese, y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público