Micelio

decreto 1342 de 1902

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Artículo 1

Artículo único. El Jefe Civil y Militar del Departamento del puede hacer uso de la autorización que se le concedió por el Decreto número 546 del presente año (26 de Marzo), que fija las condiciones en que se hizo en el Departamento del Cauca la emisión de billetes de que trata el Decreto número 280, del presente año (13 de Febrero), por el cual se autorizó una emisión de doce millones de pesos ($ 12.000,000) en dicho Departamento. Queda así adicionado el Decreto número 1,161 del presente año (1.° de Agosto), que autoriza una emisión de diez y seis millones de pesos ($ 16.000.000) en el Departamento del Cauca. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda
El Ministro de Guerra
El Ministro de Educación Pública
El Ministro del Tesoro