Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional, Para La Vigencia Fiscal De 1974 En La Cantidad De $30
° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional, para la vigencia fiscal de 1974 en la cantidad de $30.000.000.00 (treinta millones de pesos moneda comente), según el siguiente detalle: PRESUPUESTO DE INGRESOS Ingresos no Tributarios Aportes Numeral 2 A Aporte del Gobierno Nacional Ministerio de Obras Públicas con Recursos del Crédito Interno Emisión Pagarés Semestrales de Emergencia $ 30.000.000.00
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Vigencia Fiscal De 1974, En La Cantidad De $30
° Con base en el recurso de que trata el Artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1974, en la cantidad de $30.000.000.00 (treinta millones de pesos moneda corriente), de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión indirecta Programa 03 Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales. Artículo 03 Conservación rutinaria de vías en los diferentes Distritos. Proyecto 21 Fondo Nacional de Ahorro y Subsidio Familiar. $ 29.400.000.00 Artículo 04 Conservación Especial y de emergencias 600.000.00 Total $ 30.000.000.00
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.