Micelio

decreto 1028 de 1970

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley, 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley, 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por medio de la Resolución número 0729 de 1970, declaró sobrante el saldo de una apropiación de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de que sea trasladado para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupueste que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 100.000;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 13 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hacer Las Siguientes Distribuciones En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento

° Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Funcionamiento. Contracrédito: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CAPITULO 0215 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Programa 231. Dirección y Administración Superior 105. 111. 203. Artículo 2160. Compra de equipo $ 100.000 Suma el contracrédito $ 100.000 Gastos generales . Créditos: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CAPITULO 0215 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Programa 231. Dirección y Administración Superior. 105. 112. 201. Artículo 2159. Mantenimiento y aseguros $ 50.000 Gastos generales. Programa 232. Relaciones Colectivas de Trabajo. 105. 334. 201. Artículo 2177. Mantenimiento y aseguros 5.000 Gastos generales Programa 234. Relaciones del Trabajo del Campesino. Gastos generales. 105. 334. 201. Artículo 2195. Mantenimiento y asegures 5.000 Programa 235. Dirección Nacional del Empleo y Recursos Humanos. 105. 331. 201. Artículo 2206. Mantenimiento y aseguros 5.000 Gastos generales Programa 236. Inspección del Trabajo. 105. 333. 201. Artículo 2216. Artículo 2216. Mantenimiento y aseguras 5.000 Gastos generales Programa 238. Dependencias Departamentales de Trabajo. 105. 331. 201. Artículo 2216. Artículo 2237 Mantenimiento y aseguras 30.000 Suman los créditos $ 100.000 Gastos generales

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público