en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, CONSIDERANDO que la Empresa dé Energía Eléctrica de Medellín, ha solicitado licencia para importar diversos artículos de acero, con destino a las Centrales Hidroeléctricas de Ríogrande y Guadalupe, por un valor total de once mil doscientos ochenta y dos dólares con 45/100 (US$ 11.282.45), de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el pedido número 855/60R., formulado a la firma Bethlehe
Artículo 1
Artículo primero. Autorízase a la Empresa de Energía Eléctrica de Medellín, para importar con destinó a las Centrales Hidroeléctricas de Ríogrande y Guadalupe, la cantidad da ciento cuarenta y una (141) piezas de acero, por un valor total de once mil doscientos ochenta y dos dólares con 45/100 (US$ 11.282.45), de conformidad con el pedido número 855/6OR., formulado a la firma Bethlehem Steel Export Corp. EE. UU, en la siguiente especificación técnica detallada por artículos: Cantidad Descripción 15 láminas de 1/4 " X 8" X 20" 10 láminas de 5/16" X 6" X 20" 8 láminas de 3/8 " X 6" X 20" 10 láminas de 5/8" X 6" X 20" 6 láminas de 3/4" X 4" X 16" 2 láminas de 1" X 4" X 16" 4 láminas de 1-1/4" X 8" X 20" 4 láminas de 1-5/8" X 8" X 20" 1 lámina de 2"X 3" X 12" 1 lámina de 3"X 3" X 12" 20 vigas 1-5 5" X 3" X 10" largos de 30" 10 vigas B6L 6" X 4" X 12" largos de 30" 10 canales C-4 4" X 1-5/8" X 5.4" largos de 30" 20 Canales C-8 8" X 2-1/4 X 11.5" largos de 30" 20 canales C-6 6" X 2" X 8.2" largos de 30"
Artículo 2
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.