en uso de las facultades que le confiere el artículo 3º del Decreto 1791 de 2000 y Ley 48 de 1993
Artículo 1º
º . La planta de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes y Auxiliares de la Policía Nacional, queda constituida de la siguiente manera: A. Oficiales General 2 Mayor General 8 Brigader General 20 Coronel 129 Teniente Coronel 249 Mayor 451 Capitán 1.246 Teniente 982 Subteniente 861 Alumnos Escuela de Formación Ofíciales 1.000 Subtotal 4.948 B. Nivel Ejecutivo Comisario 24 Subcomisario 246 Intendente Jefe 0 Intendente 3.743 Subintendente 18.161 Patrullero, Carabinero o Investigador 17.784 Alumnos Escuelas de Formación del Personal del Nivel Ejecutivo 4.500 Subtotal 44.458 C. Suboficiales Sargento Mayor 38 Sargento Primero 303 Sargento Viceprimero 510 Sargento Segundo 2.003 Cabo Primero 685 Cabo Segundo 5 Subtotal 3.544 D. Agentes Agentes Especiales 378 Agentes Profesionales 3.1873 Subtotal 32.251 E. Auxiliares Auxiliares de Policía Bachilleres 15.000 Cuerpo Auxiliar Regular 2.000 Subtotal 17.000 Total 102.201
Artículo 2º
º . Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal desde el punto de vista presupuestal, las variaciones deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en los Estatutos de Carrera, consultando estrictamente las necesidades, para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 3º
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 849 del 11 de mayo de 2000.