en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 26, ordinal b) del derecho 1050 de 1968 y en el literal g) del Artículo 6 del Decreto 81 de 1980
Artículo 1Apruébese El Acuerdo De 097 Del 27 De Julio De 1989, Por El Cual La Junta Directiva Del Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior, - Icfes - Adiciona El Estatuto General De Dicha Entidad, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 097 De 1989 (Julio 27) "por El Cual Se Adiciona El Estatuto General Del Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior -Icfes - "
°. Apruébese el Acuerdo de 097 del 27 de julio de 1989, por el cual la junta Directiva del instituto Colombiano para el fomento de la Educación superior, - Icfes - adiciona el estatuto general de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 097 DE 1989 (julio 27) "por el cual se adiciona el estatuto General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -Icfes - ". La Junta Directiva del Instituto General colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial de las conferidas en el literal g) del artículo 6° del decreto - Ley 81 de 1980 y oído el concepto de la Secretaria de administración Pública de la Presidencia de la República, ACUERDA: Artículo 1°. Adicionar el artículo 9° del acuerdo número 122 del 5 de agosto de 1980, por el cual se expidió el estatuto General del instituto, en los siguientes términos: 28. Delegar a nombre del Icfes, con el voto favorable del Presidente de la Junta Directiva en las instituciones públicas de educación superior, en su calidad de establecimientos públicos del orden nacional, departamental o municipal, las funciones del Icfes que conforme a la ley considere conveniente delegar. 29. Las demás que fueren asignadas. Artículo 2°. El presente Acuerdo rige a partir del a fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.
Artículo 2El Presente Decreto Adiciona El Marcado Con El Número 2743 De 1980 Y Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
°. El presente Decreto adiciona el marcado con el número 2743 de 1980 y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y comprase.