en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en el artículo 121 de la Constitución Nacional
Artículo 1Se Destina La Suma De Cincuenta Mil Pesos ($ 50
°. Se destina la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000) moneda corriente, para auxiliar a los damnificados de la calamidad pública ocurrida en la vereda de "La Falda", Municipio de Sonsón (Antioquia).
Artículo 2El Referido Auxilio Será Administrado Por Una Junta Integrada Por El Cura Párroco, El Alcalde Y El Presidente De La Sociedad De Mejoras Públicas Del Citado Municipio
°. El referido auxilio será administrado por una Junta integrada por el Cura Párroco, el Alcalde y el Presidente de la Sociedad de Mejoras Públicas del citado Municipio. Será Tesorero de la mencionada Junta el Tesorero Municipal de Sonsón, quien llenará, para ejercer sus funciones, los requisitos que al respecto determine la Contraloría General de la República.
Artículo 3El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Dictará Las Medidas Conducentes Para La Apertura Del Crédito Correspondiente En El Presupuesto De La Vigencia En Curso, A Fin De Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores De Esta Providencia
°. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dictará las medidas conducentes para la apertura del crédito correspondiente en el Presupuesto de la vigencia en curso, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos anteriores de esta providencia. Comuníquese, y publíquese.