Micelio

decreto 283 de 1944

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en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que los artículos 5ª del Decreto número 646 de 1943, reglamentario del artículo 6ª de la Ley 43 de 1942, y 90 del Decreto número 1570 de 1942, han venido interpretándose en el sentido de que el auxilio de cesantía que consagran dichas disposiciones corresponde también a los empleados civiles del ramo de Guerra que se retiren voluntariamente del servicio

Considerando · 3 motivos

Que los artículos 5ª del Decreto número 646 de 1943, reglamentario del artículo 6ª de la Ley 43 de 1942, y 90 del Decreto número 1570 de 1942, han venido interpretándose en el sentido de que el auxilio de cesantía que consagran dichas disposiciones corresponde también a los empleados civiles del ramo de Guerra que se retiren voluntariamente del servicio;

Que los términos empleados tanto por la ley como por los decretos, indican claramente que para gozar del beneficio se requiere que el empleado sea retirado por voluntad del Gobierno y por causas distintas a las de mala conducta comprobada, y;

Que la renuncia voluntaria y espontánea del empleado es independiente de la voluntad del Gobierno;

Artículo 1

No habrá lugar a la gracia de que tratan los artículos 6ª de la Ley 43 de 1942, 5ª del Decreto 646 de 1943 y 90 del Decreto 1570 de 1942, cuando el retiro del respectivo empleado se produzca por renuncia voluntaria del mismo.

Artículo 5Decreto 646 De 1943 Reglamenta Artículo 90 Decreto 1570 De 1942 Comuníquese Y Publíquese

Artículo único. No habrá lugar a la gracia de que tratan los artículos 6ª de la Ley 43 de 1942, 5ª del Decreto 646 de 1943 y 90 del Decreto 1570 de 1942, cuando el retiro del respectivo empleado se produzca por renuncia voluntaria del mismo.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra