en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 11 de 1969, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos e
Considerando · 3 motivos
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 11 de 1969, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que el Ministerio de Educación Nacional ha propuesto la distribución de varias sumas apropiadas en su presupuesto de funcionamiento de la actual vigencia, y;
Que la Dirección General del Presupuesto ha estudiado y encontrado convenientes y ceñidas a las disposiciones legales, las distribuciones propuestas;
Artículo 1Hacer Las Siguientes Distribuciones En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento
° Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 280 Ministerio de Educación Nacional. Programa 311. Dirección, coordinación e inspección de la educación. Subprograma 2. Proyectos técnicos y docentes especializados. 203. 311. 411. Artículo 2818. Adiestramiento de personal técnico y pedagógico en todo el país $ 100.000.000 Transferencias. Que se distribuye parcialmente, así: Servicios personales . Ordinal 1. 102 horas de clase a $ 200.00 cada una $ 20.400 Ordinal 2. Montaje Audiovisual 2.000 Ordinal 3. Mecanógrafa 2.000 Ordinal 4. Secretaria 2.000 Ordinal 5. Secretario de curso 3.500 Gastos generales. Ordinal 6. Alquiler de equipo a "Residencia de San Pedro Cansío" (Grabadora de T. V. y Sonido. Filmadoras) 14.300 Ordinal 7. 2.400 pies de la película 2.500 Ordinal 3. 10 rollos de fotografía blanco y negro 500 Ordinal 4. Procesado 3.500 Programa 317. Educación Media. Subprograma 1. Establecimientos de Bachillerato. Transferencias. 203. 313. Artículo 2975. Colegio Nacional Alfonso López Pumarejo", Río de Oro Ordinal 80. Colegio Nacional "Alfonso López Pumarejo", Río de Oro (César) $ 759.000
Sueldos del personal de nómina $ 350.280
Prima de Navidad 29.190
Prima de Alimentación y Alojamiento 25.304
Jornales 10.500
Mantenimiento y aseguros 64.119
Compra de equipo 200.00
Servicios de comunicaciones 3.000
Servicios públicas 6.000
Materiales y suministros 30.000
Viáticos y gastos de viaje 6.000
Fondo Nacional de Ahorro 809.607 Total $ 809.700
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.