El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
Artículo primero. La partida de catorce mil pesos ($ 14.000.00), a que se refiere el Decreto número 391 de 23 de febrero de 1955, por el cual se fija el aporte de la Nación para los Restaurantes Escolares de la Intendencia de San Andrés y Providencia, será girada al respectivo Prefecto Apostólico, por tratarse de un Territorio Escolar.
Artículo 2
Artículo segundo. En los anteriores términos queda aclarado y adicionado el Decreto número 391 de febrero de 1955. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional