El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política
Artículo 1º
º . Aclarar el artículo 1º del Decreto 1567 del 24 de julio de 2002, en el sentido que el Decreto 2877 es del año 2001 y no como aparece en la citada disposición.
Artículo 2º
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política
La Ministra de Relaciones Exteriores