El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de 1950 y 1973
Artículo 1Modifícase El Artículo 1° Del Decreto 1624 De 1993 En El Sentido De Que Al Doctor Mario Roberto Molano Secretario Del Consejo De Ministros, Se Le Acepta La Renuncia A Partir Del 24 De Agosto De 1993
° Modifícase el artículo 1° del Decreto 1624 de 1993 en el sentido de que al doctor Mario Roberto Molano Secretario del Consejo de Ministros, se le acepta la renuncia a partir del 24 de agosto de 1993.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé Bogotá, D. C., a 23 de agosto de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Miguel Silva Pinzón.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de 1950 y 1973
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República