Micelio

decreto 1853 de 1957

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en uso de sus facultades legales

Artículo 5372-A) Del Presupuesto Vigente " Para El Pago De Intereses Bancarios, Transportes Marítimos, Transportes Internos, Primas De Aseguro Y Gastos Similares Inherentes Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 532 Artículo 5372-A)

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 532, artículo 5372-A) del Presupuesto vigente " para el pago de intereses bancarios, transportes marítimos, transportes internos, primas de aseguro y gastos similares inherentes según distribución que hará el Gobierno Nacional por Decreto separado", hácese la siguiente distribución: CAPITULO 532 Artículo 5372-A). Ordinal 1) División. General de Carreteras $ 383.872.42 Ordinal 2) Departamento de Navegación y Puertos 132.244 .35 Suma $ 516.116.77 Comuníquese y publíquese.

Artículo 5372A

De la partida apropiada en el Capítulo 532, artículo 5372-A) del Presupuesto vigente "para el pago de intereses bancarios, transportes marítimos, transportes internos, primas de aseguro y gastos similares inherentes según distribución que hará el Gobierno Nacional por Decreto separado", hácese la siguiente distribución:

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas