en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional
Artículo 1Auxiliase, Por Una Sola Vez, Al Reformatorio De Menores De Fagua, Con La Cantidad De $ 60
°. Auxiliase, por una sola vez, al Reformatorio de Menores de Fagua, con la cantidad de $ 60.000.00, con destino a la ampliación de talleres.
Artículo 2El Gobierno Realizará Las Operaciones Presupuestales Que Sean Necesarias Para Darle Cumplimiento A Lo Dispuesto En El Presente Decreto, El
°. El Gobierno realizará las operaciones presupuestales que sean necesarias para darle cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, el. cual rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias. ' Comuníquese, y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas