Micelio

decreto 1026 de 1975

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975 Con La Cantidad De Ciento Noventa Millones De Pesos ($ 190

° Adiciónanse los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 con la cantidad de ciento noventa millones de pesos ($ 190.000.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. CAPITULO IV b) Impuesto sobre la producción y consumo. Numeral 20. Impuesto a las ventas $ 190.000.000 Suma el recurso $ 190.000.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Funcionamiento

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de funcionamiento. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CAPITULO 175 Despacho del Ministro. Programa 175. Dirección y Administración. Servicios personales. 102 151 121. Artículo 1755 A. Prima de vacaciones $ 10.450.868 Transferencias. 201 332 401. Artículo 1763. Pensiones 5.900.000 202 332 401. Artículo 1764. Prestaciones sociales 20.000.000 202 332 402. Artículo 1766. Caja de sueldos de retiro 50.000.000 CAPITULO 177 Comando del Ejército. Programa 177. Operación Administrativa del Ejército. Servicios personales. 101 152 103. Artículo 1784. Sueldos del personal de nómina 60.000.000 Gastos generales. 106 152 205. Artículo 1791. Viáticos y gastos de viaje 2.026.603 CAPITULO 178 Comando de la Armada Nacional. Programa 178. Operación Administrativa de la Armada. Servicios personales. 101 153 103. Artículo 1800. Sueldos del personal de nomina 20.000.000 Gastos generales. 106 153 205. Artículo 1807. Viáticos y gastos de viaje 837.129 CAPITULO 179 Comando de la Fuerza Aérea. Programa 179. Operación Administrativa de la Fuerza Aérea. Servicios personales. 101 154 103. Artículo 1814. Sueldos del personal de nómina 20.000.000 Gastos genérales. 106 154 205. Artículo 1821. Viáticos y gastos de viaje 785.400 Suman los créditos adicionales 190.000.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público