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decreto 1852 de 2010

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en los artículos 88 y 189 numeral 11 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 1713 del 18 de mayo de 2010 y para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 1° del mismo decreto se designó como delegado del Gobierno al doctor Jhon Jairo Camargo Motta, Asesor del Ministerio del Interior y de Justicia en el departamento de Bolívar. Que por razones de incapacidad médica el citado funcionario no

Considerando · 2 motivos

Que mediante Decreto número 1713 del 18 de mayo de 2010 y para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 1° del mismo decreto se designó como delegado del Gobierno al doctor Jhon Jairo Camargo Motta, Asesor del Ministerio del Interior y de Justicia en el departamento de Bolívar.

Que por razones de incapacidad médica el citado funcionario no puede desplazarse a cumplir su misión, lo cual hace necesario su reemplazo.

Artículo 1Nombrar Al Doctor Pedro Santiago Posada Arango, Director De Asuntos Indígenas Minorías Y Room Del Ministerio Del Interior Y De Justicia, Como Delegado Presidencial, En El Departamento De Bolívar, Para El Ejercicio De Las Funciones Previstas En El Artículo 1° Del Decreto 1713 Del 18 De Mayo De 2010, Conforme A Lo Expuesto En La Parte Motiva

°. Nombrar al doctor Pedro Santiago Posada Arango, Director de Asuntos Indígenas Minorías y Room del Ministerio del Interior y de Justicia, como delegado Presidencial, en el Departamento de Bolívar, para el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 1° del Decreto 1713 del 18 de mayo de 2010, conforme a lo expuesto en la parte motiva.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior y de Justicia