Artículo 1
La partida apropiada en el Capítulo 89, artículo 1499 de la Ley de Apropiaciones vigente, para útiles de escritorio y demás gastos de las Academias e Institutos de Investigación Científica y Artística, se distribuye así:
Artículo 1499De La Ley De Apropiaciones Vigente, Para Útiles De Escritorio Y Demás Gastos De Las Academias E Institutos De Investigación Científica Y Artística, Se Distribuye Así: Academia Colombiana De Jurisprudencia $ 1
Artículo único. La partida apropiada en el Capítulo 89, artículo 1499 de la Ley de Apropiaciones vigente, para útiles de escritorio y demás gastos de las Academias e Institutos de Investigación Científica y Artística, se distribuye así: Academia Colombiana de Jurisprudencia $ 1.000.00 Academia Nacional de Medicina 1.000.00 Academia Colombiana de la Lengua 1.000.00 Academia Nacional de Historia 1.000.00 Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales 1.000.00 Sociedad Geográfica de Colombia 1.000.00 Total $ 6.000.00 Comuníquese y publíquese.