Micelio

decreto 2038 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Suprímese En La Embajada De Colombia, En Bonn, El Cargo De Agregado Cultural 1ex

º Suprímese en la Embajada de Colombia, en Bonn, el cargo de Agregado Cultural 1EX. con una asignación mensual de mil ochocientos diez y seis dólares con 76/100 (US$ 1.816.76),actualmente ocupado por el señor Arturo Clemente Quintero Castro.

Artículo 2Suprímese En La Embajada De Colombia En Bonn, El Cargo De Secretario Bilingüe 8pa, Con Una Asignación Mensual De Mil Quinientos Quince Dólares Con 82/100 (Us$ 1

º Suprímese en la Embajada de Colombia en Bonn, el cargo de Secretario Bilingüe 8PA, con una asignación mensual de mil quinientos quince dólares con 82/100 (US$ 1.515.82), actualmente ocupado por la señora Petra Redlingshofer.

Artículo 3Créase En La Embajada De Colombia En Bonn, Un Cargo De Canciller 10pa, Con Una Asignación Mensual De Mil Seiscientos Setenta Y Un Dólares Con 86/100 (Us$ 1

º Créase en la Embajada de Colombia en Bonn, un cargo de Canciller 10PA, con una asignación mensual de mil seiscientos setenta y un dólares con 86/100 (US$ 1.671.86).

Artículo 4° Créase En La Embajada De Colombia En Bonn, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 5pa, Con Una Asignación Mensual De Novecientos Veinticinco Dólares Con 08/100 (Us$ 925

° Créase en la Embajada de Colombia en Bonn, un cargo de Auxiliar Administrativo 5PA, con una asignación mensual de novecientos veinticinco dólares con 08/100 (US$ 925.08).

Artículo 5Créase En La Embajada De Colombia En Bonn, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 2pa, Local, Con Una Asignación Mensual De Cuatrocientos Setenta Y Nueve Dólares Con 26/100 (Us$ 479

º Créase en la Embajada de Colombia en Bonn, un cargo de Auxiliar Administrativo 2PA, Local, con una asignación mensual de cuatrocientos setenta y nueve dólares con 26/100 (US$ 479.26).

Artículo 6Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín De Rubio . El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes R.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público