Artículo 1Declarar De Interés Nacional "la Construcción De La Nueva Base Naval Del Caribe En La Isla De Tierra Bomba", De Conformidad Con Lo Expuesto En La Parte Considerativa Del Presente Decreto
°. Declarar de interés nacional "la construcción de la nueva Base Naval del Caribe en la Isla de Tierra Bomba", de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente decreto.
Artículo 2En El Evento En Que Esta Medida Administrativa Incida De Manera Directa Y Específica Sobre Las Zonas En Que Se Asienten Comunidades Indígenas, Negras, Afrocolombianas, Raizales Y Palanqueras Se Llevará A Cabo El Mecanismo De Consulta Previa, De Conformidad Con Los Lineamientos Fijados Por La Corte Constitucional
°. En el evento en que esta medida administrativa incida de manera directa y específica sobre las zonas en que se asienten comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales y palanqueras se llevará a cabo el mecanismo de consulta previa, de conformidad con los lineamientos fijados por la Corte Constitucional.
Artículo 3Las Entidades Del Orden Nacional, Regional Y Local Trabajarán De Manera Armónica, Coordinada Y Dentro Del Ámbito De Sus Competencias En El Desarrollo De La Obra, Garantizando De Este Modo La Participación Activa En Su Ejecución
°. Las entidades del orden nacional, regional y local trabajarán de manera armónica, coordinada y dentro del ámbito de sus competencias en el desarrollo de la obra, garantizando de este modo la participación activa en su ejecución.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de su publicación.