Micelio

decreto 2440 de 1994

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y con sujeción a las normas generales señaladas en las Leyes números 48 de 1983 y 7º de 1991

Artículo 1º

º . Modificar el

Parágrafo 4

del artículo 4º del Decreto 987 de 1991, que fue adicionado por el artículo 2º del Decreto 446 de 1992, el cual quedará así: "Cuando se trate de exportaciones de bienes de capital, financiadas con créditos a más de un año, el Banco de la República podrá pagar el CERT previa la certificación del Incomex de la calidad de bien de capital y la comprobación de que la exportación se ha realizado, con base en el documento único de exportación expedido por la Dirección General de Aduanas, siempre y cuando considere que los créditos otorgados para la exportación estén debidamente respaldados".

Parágrafo 4

Artículo 4 DECRETO 987 de 1991

Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y con sujeción a las normas generales señaladas en las Leyes números 48 de 1983 y 7º de 1991
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio Exterior