Micelio

decreto 1182 de 1953

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Artículo 1

Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto, los funcionarios que se enumeran a continuación quedaran bajo la directa dependencia del Departamento Administrativo del Ministerio de Salud Pública: Administrador del Laboratorio Nacional de Higiene (Instituto Samper-Martínez); Administrador del Instituto Nacional de Cancerología, y Síndico-Administrador del Hospital Sanatorio "Santa Clara".

Artículo 2

Artículo segundo. El Ministerio de Salud Pública, por medio de Resoluciones posteriores, fijara las normas que sean necesarias para el cumplimiento del presente Decreto.

Artículo 3

Artículo tercero. Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.