en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
Artículo 168Del Acuerdo Número 636 De 1978, Aprobado Por El Decreto Número 2587 De 1978, Acuerda
Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 053 de enero 25 de 1979 de la Junta Administradora del instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 053 DE 1979 (enero 25) por el cual se adopta el Manual de Requisitos Mínimos que señala las calidades que debe acreditar el personal para desempeñar empleos directivos en las Unidades Programáticas Locales del Instituto de Seguros Sociales, y se dictan otras disposiciones. La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confieren los Decretos extraordinarios números 1650 y 1651 de 1977 y 1313 de 1978, y en desarrollo del artículo 168 del Acuerdo número 636 de 1978, aprobado por el Decreto número 2587 de 1978, ACUERDA
Artículo 1Del Campo De Aplicación
Del campo de aplicación. Los requisitos mínimos establecidos en el presente Acuerdo regirán para desempeñar los empleos directivos en las Unidades Programáticas Locales Institucionales, Zonales y de Naturaleza Especial. De los requisitos mínimos para desempeñar empleos directivos en las Unidades Programáticas Locales institucionales.
Artículo 2Del Jefe De La Oficina Central De Información Y Registros Asistenciales
Del Jefe de la Oficina Central de Información y Registros Asistenciales . Son requisitos para desempeñar el cargo de Jefe de la Oficina Central de Información y Registros Asistenciales Clase I: - Título profesional de ingeniero industrial o de sistemas. - Estudios adicionales no inferiores a 500 horas en planeación o administración de recursos de salud o estadística. - 2 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la programación, organización y control de sistemas de información y evaluación de servicios y 3 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Artículo 3De Los Jefes De Sección De La Oficina Central De Información Y Registros Asistenciales De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
De los Jefes de Sección de la Oficina Central de Información y Registros Asistenciales de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Sección de la Oficina Central de Información y Registros Asistenciales de las Unidades Programáticas Locales Institucionales
Del Jefe de la Sección de Registros Clínicos - Clase I: - Título profesional de estadístico, administrador de empresas u hospitalario preferiblemente. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Del Jefe de la Sección de Registros Asistenciales - Clase I - Título profesional de administrador de empresas u hospitalario preferiblemente. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Del Jefe de la Sección de Documentación Científica - Clase I: - Título de bibliotecólogo licenciado. - Estudios adicionales no inferiores a 500 horas en bibliotecología médica o ayudas audiovisuales. - 2años de experiencia profesional y 3 años en bibliotecas médicas para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Artículo 4De Los Jefes De División De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
De los Jefes de División de las Unidades Programáticas Locales Institucionales . Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de División de las Unidades Programáticas Locales Institucionales
Del Jefe de la División de Servicios de Atención Médica - Clase II: - Título de médico cirujano. - Estudios adicionales no inferiores a 250 horas en administración de servicios de salud o áreas afines. - 2 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la planeación y organización de servicios de salud a nivel directivo o asesor y 3 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Del Jefe de la División de Servicios de Apoyo - Clase II: - Título de médico cirujano. - Estudios adicionales no inferiores a 250 horas en administración de servicios de salud o áreas afines. - 2 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la organización o administración de servicios de salud en general o de apoyo diagnóstico y terapéutico en particular y 3 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Del Jefe de la División de Servicios Administrativos Clase - II: - Título profesional de administrador de empresas, ingeniero industrial o economista. - Estudios adicionales no inferiores 250 horas, en administración de servicios de salud u hospitalaria. - 2 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la organización o dirección de servicios administrativos hospitalarios y 3 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Artículo 5De Los Jefes De Departamento De La División De Servicios De Atención Médica De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
De los Jefes de Departamento de la división de Servicios de Atención Médica de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Departamento de la división de Servicios de Atención Medica de las Unidades Programáticas Locales Institucionales
Del Jefe del Departamento Materno - Infantil - Clase IV: - Título de médico cirujano - Titulo o certificado académico que acredite estudios de post-grado en gineco-obstetricia o pediatría. - 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicios del área.
Del Jefe del Departamento de Clínicas Médicas - Clase IV: - Título de médico cirujano. - Título o certificado académico que acredite estudios de post-grado en clínicas médicas. - 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicios del área.
Del Jefe del Departamento de Clínicas Quirúrgicas - Clase IV: - Título de médico cirujano. - Título o certificado académico que acredite estudios de post-grado en clínicas quirúrgicas. - 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicios del área.
Del Jefe del Departamento de Urgencias - Clase IV: - Título de médico cirujano. - Título o certificado académico que acredite estudios de post-grado en clínicas médicas o quirúrgicas. - 3 años de experiencias profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicios del área.
Artículo 6De Los Jefes De Departamento De La División De Servicios De Apoyo De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
De los Jefes de Departamento de la División de Servicios de Apoyo de las Unidades Programáticas Locales institucionales. Son requisitos para desempeñar cargos de Jefe de Departamento de la División de Servicio de Apoyo de las Unidades Programáticas Locales Institucionales
Del Jefe del Departamento de Patología y Laboratorios Clínicos - Cláse IV: - Título de médico cirujano. - Titulo o certificado académico que acredite estudios de post-grado en laboratorio clínico, patología o microbiología. - 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicios del área.
Del Jefe del Departamento de Servicios Farmacéuticos Clase - II: - Título profesional de químico, farmacéutico. - Estudios adicionales no inferiores a 250 horas administración de servicios de salud o áreas afines. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicios del área y 2 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Del Jefe del Departamento de Radiodiagnóstico y Radioterapia - Clase IV: - Título de médico cirujano. - Título o certificado académico que acredite estudios de post-grado en radiología. - 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicios del área.
Del Jefe del Departamento de Rehabilitación y Asistencia Social - Clase IV: - Título de médico cirujano. - Título o certificado académico que acredite estudios de post-grado en medicina física y rehabilitación, fisiatría o áreas afines. - 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la dirección o coordinación de servicio del área.
Artículo 7Del Jefe De La Sección De Equipos De Ayuda Terapéutica Y Diagnostica De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
º. Del Jefe de la Sección de Equipos de Ayuda Terapéutica y Diagnostica de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar el cargo de Jefe de la Sección de equipos de ayuda terapéutica y diagnostica de las Unidades Programáticas - Clase I: - Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en administración hospitalaria. - 3 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Artículo 8De Los Coordinadores De Servicios Asistenciales En Los Departamentos De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
º. De los coordinadores de servicios asistenciales en los Departamentos de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Los coordinadores de servicios asistenciales que se requieran para el correcto funcionamiento de los servicios en los Departamentos de las Unidades programáticas Locales institucionales deberán acreditar, además de los requisitos establecidos en el artículo 17 del; Acuerdo número 036 de 1978 aprobado por el Decreto número 2587 de 1978, el certificado o título de estudios de post-grado en la especialidad correspondiente.
Artículo 9De Los Jefes De Sección De La División De Servicios Administrativos De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
º. De los Jefes de Sección de la División de Servicios Administrativos de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Sección de la División de Servicios Administrativos de las Unidades Programáticas Locales institucionales
Del Jefe de la Sección de Personal - Clase II: --- Título Profesional. --- Estudios adicionales no inferiores a 160 horas en técnicas de evaluación, selección, administración de personal o áreas afines para quienes acrediten un título profesional sin formación básica en estos campos. --- 2 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la administración evaluación, selección o programación de personal y 3 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Del Jefe de la Sección financiera - Clase II: --- Título profesional de contador o economista, --- 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo en servicio de salud.
Del Jefe de Sección de Recursos Físicos - clase II --- Título profesional de Ingeniero, administrador de empresas o economista --- 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la planeación, organización y administración de recursos físicos.
Del jefe de la Sección de Servicios Generales - Clase I: --- Diploma de bachiller --- Certificado de estudios de nivel técnico en administración hospitalaria y hotelería --- 3 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Artículo 10De Los Jefes De Grupo De La Sección Financiera De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
De los Jefes de Grupo de la Sección Financiera de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Grupo de la Sección Financiera de las Unidades Programáticas Bocales Institucionales: Del Jefe del Grupo de Presupuesto - Clase III: - Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en presupuestación, costos o administración financiera. - 2 años de experiencia cómo técnico certificado con funciones en el área específica de trabajo. b) Del Jefe del Grupo de Contabilidad, Costos e Inventarios - Clase III: --- Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en contabilidad, costos o administración financiera. -- 2 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Artículo 11De Los Jefes De Grupo De La Sección De Recursos Físicos De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
De los Jefes de Grupo de la Sección de Recursos Físicos de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de grupo de la Sección de Recursos Físicos de las Unidades Programáticas Locales Institucionales
Del Jefe del Grupo de Mantenimiento - Ingeniero - Clase II --- Título profesional de ingeniero, preferiblemente mecánico eléctrico --- 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Del Jefe del Grupo de Almacén - Clase III: --- Diploma de bachiller --- Certificado de estudios de nivel técnico en administración o su equivalente en curso de administración de almacenes. --- 2 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo y 3 años para quienes no acrediten el certificado de técnico.
Artículo 12De Los Jefes De Grupo De La Sección De Servicios Generales De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales
De los Jefes de Grupo de la Sección de Servicios Generales de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Grupo de la Sección de Servicios Generales de las Unidades Programáticas Locales Institucionales
Del Jefe del Grupo de Alimentos - Clase III: - Diploma de bachiller. - .Certificado de estudios de nivel técnico en administración hospitalaria u hotelera. - 2 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Del Jefe del Grupo de Lavandería y Ropería - Clase III: - Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en administración hospitalaria u hotelera. - Cursos específicos o entrenamiento no inferiores a 240 horas en técnicas de lavandería y ropería. - 1 año de experiencia como técnico certificado.
Del Jefe del Grupo de Servicios Varios - Clase II: - Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en administración. - 2 años de experiencia como técnico en administración en el desempeño de funciones en el área específica de trabajo. De los requisitos mínimos para desempeñar empleos directivos en las Unidades Programáticas Locales Zonales.
Artículo 13Del Jefe De La Sección De Información Y Registros Asistenciales De Las Unidades Programáticas Locales Zonales
Del Jefe de la Sección de Información y Registros Asistenciales de las Unidades Programáticas Locales Zonales. Son requisitos para desempeñar el cargo de Jefe de la Sección de Información y Registros Asistenciales Clase - I: - Título profesional de administrador hospitalario o estadístico. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo en servicios de salud.
Artículo 14De Los Jefes De División De Las Unidades Programáticas Locales Zonales
De los Jefes de División de las Unidades Programáticas Locales Zonales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de División de las Unidades Programáticas Locales Zonales
Del Jefe de la División de Salud - Clase II: - Título de médico cirujano. - Estudios adicionales no inferiores a 250 horas en administración de servicios de salud o áreas afines. - -1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la planeación y organización de servicios de salud a niveles directivo o asesor, y 2 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Del Jefe de la División Administrativa - Clase II: - Título profesional de administrador de empresas, ingeniero industrial o economista. - Estudios adicionales no inferiores a 250 horas en administración de servicios de salud u hospitalaria. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la administración de servicios administrativos hospitalarios y 2 años para quienes no acrediten los estudios adicionales exigidos.
Artículo 15De Los Jefes De Departamento De La División De Salud De Las Unidades Programáticas Locales Zonales
De los Jefes de Departamento de la División de Salud de las Unidades Programáticas Locales Zonales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Departamento de la División de Salud de las Unidades Programáticas Locales Zonales
Del Jefe del Departamento de Servicios Médico - Odontológicos Generales - Médico General: - Título de médico cirujano. - 2 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones de medicina general o familiar.
Del Jefe del Departamento de Servicios Médico - Odontológicos Especializados - Clase IV: - Título de médico cirujano. --- Título o certificado académico que acredite estudios de post-grado en clínicas médicas. - 3 años de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la organización o dirección de servicios asistenciales.
Artículo 16De Los Jefes De Sección De La División Administrativa De Las Unidades Programáticas Locales Zonales
De los Jefes de Sección de la División Administrativa de las Unidades Programáticas Locales Zonales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Sección de la División Administrativa de las Unidades Programáticas Locales Zonales
Del Jefe de la Sección de Personal - Clase I: - Título profesional. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la administración y el desarrollo de personal.
Del Jefe de la Sección Financiera - Clase I: - Título profesional de contador o economista - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la administración y control financiero.
Del Jefe de la Sección de Seguros - Clase I: - Título profesional. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la administración de seguros de salud.
Del Jefe de 1ª Sección de Recursos Físicos - Clase I: - Título profesional de ingeniero, administrador de empresas o economista. - 1 año de experiencia profesional en el desempeño de funciones relacionadas con la planeación o administración de recursos físicos.
Artículo 17De Los Jefes De Grupo De La Sección De Recursos Físicos De Las Unidades Programáticas Locales Zonales
De los Jefes de Grupo de la Sección de Recursos Físicos de las Unidades Programáticas Locales Zonales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Grupo de la Sección de Recursos Físicos de las Unidades Programáticas Locales Zonales
Del Jefe del Grupo de Mantenimiento - Clase II: - Diploma de bachiller. - Certificado de técnico en mantenimiento de equipos médicos y odontológicos. - 2 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.
Del Jefe del Grupo de Almacén - Clase III: - Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en administración o su equivalente en cursos de administración de almacenes. - 2 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo, y 3años para quienes no acrediten el certificado de técnico. De los requisitos mínimos para desempeñar empleos directivos en las Unidades Programáticas Locales de Naturaleza Especial.
Artículo 18Del Jefe Del Departamento De Salud De Las Unidades Programáticas Locales De Naturaleza
Del Jefe del Departamento de Salud de las Unidades Programáticas Locales de Naturaleza. Especial. Son requisitos para desempeñar el cargo de Jefe del Departamento de Salud - Médico General: - Título de médico cirujano. - 2 años de experiencia en el ejercicio profesional de medicina general o familiar.
Artículo 19Del Jefe De La Sección Administrativa De Las Unidades Programáticas Locales De Naturaleza Especial
Del Jefe de la Sección Administrativa de las Unidades Programáticas Locales de Naturaleza Especial. Son requisitos para desempeñar el cargo de Jefe de la Sección Administrativa - Clase I: - Diploma de bachiller. - Certificado de técnico en administración. - 2 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el área administrativa o financiera.
Artículo 20Del Jefe Del Grupo De Información Y Registros Asistenciales De Las Unidades Programáticas Locales De Naturaleza Especial
Del Jefe del Grupo de Información y Registros Asistenciales de las Unidades Programáticas Locales de Naturaleza Especial. Son requisitos para desempeñar el cargo de Jefe del Grupo de Información y Registros Asistenciales Clase II: - Diploma de bachiller. - Certificado de técnico en estadística. - 1 año de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 21De La Actividad Docente Para Acreditar Experiencia
De la actividad docente para acreditar experiencia. Las actividades docentes desarrolladas en instituciones educativas debidamente reconocidas por el Gobierno Nacional, solo podrán acreditarse como experiencia en el caso de los técnicos, licenciados o profesionales y cuando la docencia se refiera a las disciplinas o áreas afines específicamente exigidas para el cargo. No serán acreditadas como experiencia las actividades docentes cumplidas en condiciones de escolaridad diferentes a las que el cargo exige. Las actividades docentes de que trata este artículo, serán acreditadas teniendo en cuenta que mil horas de docencia equivalen a un año de experiencia.
Artículo 22De La Incorporación Al Manual De Requisitos Mínimos Para El Ejercicio De Las Distintas Clases De Empleos En El Instituto De Seguros Sociales
De la incorporación al manual de requisitos mínimos para el ejercicio de las distintas clases de empleos en el Instituto de Seguros Sociales. En desarrollo del artículo 168 del Acuerdo número 036 de 1978, aprobado por el Decreto 2587 del mismo año, los requisitos establecidos en el presente Acuerdo quedarán incorporados al Manual de Requisitos Mínimos y se regirán por las normas generales y transitorias en él establecidas.
Artículo 23De La Vigencia
De la vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.
Artículo 25
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.