Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975 Con La Cantidad De Diez Millones Quinientos Noventa Y Un Mil Ochocientos Cuarenta Pesos ($ 10
° Adiciónanse los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 con la cantidad de diez millones quinientos noventa y un mil ochocientos cuarenta pesos ($ 10.591.840.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de rentas y recursos de capital CAPITULO IV b) Impuesto sobre la producción y consumo. Numeral 20. Impuesto a las ventas $ 10.591.840 Suma el recurso $ 10.591.840
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975: Presupuesto De Funcionamiento
° con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975: Presupuesto de funcionamiento. MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO CAPITULO 230 Despacho del Ministro. Programa 230. Dirección y Administración. Servicios personales. 101 111 103. Artículo 2301. Sueldos del personal de nómina $ 746.380 101 111 105. Artículo 2202. Gastos de representación 19.800 101 111 121. Artículo 2303 B. Prima de vacaciones 170.000 CAPITULO 231 División de Programación Sectorial. Programa 231. Programación Sectorial. Servicios personales. 101 251 103. Artículo 2320. Sueldos del personal de nómina $ 225.870 101 251 121. Artículo 2323 A. Prima de vacaciones 57.000 CAPITULO 232 División de Comercio Exterior. Programa 232. Comercio Exterior. Servicios personales. 101 281 103. Artículo 2331. Sueldos del personal de nómina 66.670 101 281 121. Articulo 2334 A. Prima de vacaciones 23.760 CAPITULO 233 División de Desarrollo Comercial. Programa 233. Desarrollo Comercial. Servicios personales. 101 281 103. Artículo 2341. Sueldos del personal de nómina 88.470 102 281 121. Artículo 2344 A. Prima de vacaciones 27.860 CAPITULO 234 División de Desarrollo Urbano y Turístico Programa 234. Desarrollo Urbano y Turístico. Servicios personales. 101 371 103. Artículo 2352. Sueldos del personal de nómina 68.090 102 371 121. Artículo 2355 A. Prima de vacaciones 26.545 CAPITULO 235 Superintendencia de Industria y Comercio. Programa 235. Industria y Comercio. Servicios personales. 101 251 103. Artículo 2363. Sueldos del personal de nómina 3.829.700 101 251 121. Artículo 2370 A. Prima de vacaciones 486.00 CAPITULO 236 Superintendencia Nacional de Producción y Precios. Programa 236. Tarifas y Precios. Servicios personales. 101 251 103. Artículo 2381. Sueldos del personal de nómina 844.670 101 251 121. Artículo 2386 A. Prima de vacaciones $ 162.195 CAPITULO 237 Superintendencia de Sociedades. Programa 237. Inspección y Control de Sociedades. Servicios personales. 101 113 103. Artículo 2395. Sueldos del personal de nómina 2.972.830 102 113 121. Artículo 2402 A. Prima de Vacaciones 776.000 Suman los créditos adicionales $ 10.591.840
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.