Micelio

decreto 2216 de 1945

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Modificase El Decreto Número 219 Del Año En Curso, Por El Cual Se Distribuyen Los Fondos Apropiados En El Presupuesto Nacional Vigente, Para Sueldos Y Sostenimiento En General De La Colonia Escolar De Bogotá, Así: Rebájase El Sueldo Del Habilitado, De $ 150 A $ 45 Mensuales

° Modificase el Decreto número 219 del año en curso, por el cual se distribuyen los fondos apropiados en el Presupuesto Nacional vigente, para sueldos y sostenimiento en general de la Colonia Escolar de Bogotá, así: Rebájase el sueldo del Habilitado, de $ 150 a $ 45 mensuales. Créase el cargo de Granjero (externo), con sueldo mensual de $ 25 Auméntase el sueldo del Dentista, de $ 110 a $ 120 mensuales. Auméntase el sueldo del Chofer, de $ 23 a $ 50 mensuales. Auméntase la partida para pago de servicio doméstico, según distribución que haga la Directora, dé $ 158 a $ 200 mensuales.

Artículo 2Las Modificaciones De Que Trata El Artículo Anterior, Surtirán Efectos A Partir Del 1° Del Mes De Septiembre De 1945

° Las modificaciones de que trata el artículo anterior, surtirán efectos a partir del 1° del mes de septiembre de 1945. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho
Carlos Pelaezencargado
El Ministro de Educación Nacional