El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Nómbrase Al Doctor Andrés Felipe Arias Leiva, Identificado Con La Cédula De Ciudadanía Número 98563386 De Envigado, Como Ministro De Agricultura Y Desarrollo Rural, En Reemplazo Del Doctor Carlos Gustavo Cano Sanz
°. Nómbrase al doctor Andrés Felipe Arias Leiva, identificado con la cédula de ciudadanía número 98563386 de Envigado, como Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en reemplazo del doctor Carlos Gustavo Cano Sanz.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política