en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable
Considerando · 2 motivos
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió la correspondiente viabilidad presupuestal;
Artículo 1Suprímense En La Planta Externa De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Los Siguientes Cargos: Pais Ciudad Mision Cargo Cant
°. Suprímense en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos: PAIS CIUDAD MISION CARGO CANT. Sudáfrica Pretoria Embajada Auxiliar Administrativo 4 PA (local) 2
Artículo 2Créanse En La Planta Externa De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Los Siguientes Cargos: Pais Ciudad Mision Cargo Cant
°. Créanse en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos: PAIS CIUDAD MISION CARGO CANT. Sudáfrica Pretoria Embajada Auxiliar Administrativo 4 PA 2
Artículo 3Los Cargos Administrativos A Que Hacen Referencia El Artículo 2° Del Presente Decreto, Hacen Parte Del Despacho Del Jefe De Misión Diplomática De Colombia
°. Los cargos administrativos a que hacen referencia el artículo 2° del presente decreto, hacen parte del despacho del Jefe de Misión Diplomática de Colombia.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.