Micelio

decreto 2439 de 1958

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. El doctor Hernando Téllez, durante el tiempo que desempeñe el cargo de Delegado Permanente de Colombia ante la UNESCO, tendrá derecho a recibir en dicho carácter la cantidad de trescientos pesos ($ 300.00) mensuales por concepto de gastos de representación, los cuales le serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Parágrafo

Este Decreto entrará a regir el 1° de diciembre del año en curso. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público