Micelio

decreto 1670 de 1985

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Artículo 1Los Viáticos Autorizados A La Doctora Noemí Sanín Posada, Ministra De Comunicaciones, En El Artículo 2° Del Decreto Número 1463 De Mayo 27 De 1985, Se Pagarán Con Cargo A La Cuenta Cuarenta Por Ciento (40%) Canje Internacional Encomiendas

°. Los viáticos autorizados a la doctora Noemí Sanín Posada, Ministra de Comunicaciones, en el artículo 2° del Decreto número 1463 de mayo 27 de 1985, se pagarán con cargo a la Cuenta Cuarenta por ciento (40%) Canje Internacional Encomiendas.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Comunicaciones
La Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República