Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974
° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Desarrollo Económico. Contracréditos CAPITULO 240 Despacho del Ministro. Programa 240. Dirección y Administración. Servicios personales. 101 111 105. Artículo 2452. Gastos de representación $ 30.000 CAPITULO 241 División de Programación Sectorial. Programa 241. Programación Sectorial. Servicios personales. 101 251 109. Artículo 2b74. Remuneración servicios técnicos 20.000 CAPITULO 243 División de Desarrollo Comercial. Programa 243. Desarrollo Comercial. Servicios personales. 101 281 109. Artículo 2497. Remuneración servicios técnicos 30.000 CAPITULO 245 Superintendencia de Industria y Comercio. Programa 245. Industria y Comercio. Servicios personales. 102 251 120. Artículo 2524. Prima Técnica 20.000 Gastos generales. 106 251 211. Artículo 2531. Materiales y suministros 200.000 Suman los contracréditos $ 300.000 Créditos. CAPITULO 240 Despacho del Ministro. Programa 240. Dirección y Administración. Gastos generales. 105 111 201. Artículo 2459. Mantenimiento y aseguros 50.000 106 111 205. Artículo 2461. Viáticos y gastos de viaje. 120.000 106 111 209. Artículo 2463. Servicios públicos 60.000 CAPITULO 241 División de Programación Sectorial. Programa 241. Programación Sectorial. Gastos generales. 106 251 205. Artículo 2480. Viáticos y gastos de viaje 20.000 CAPITULO 245 Superintendencia de Industria y Comercio. Programa 245. Industria y Comercio. Gastos generales. 106 251 219. Artículo 2535. Devolución de derechos fiscales $ 50.000 Suman los créditos $ 300.000
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.