Micelio

decreto 1850 de 1982

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1º

º. A partir del 1º de agosto de 1982, auméntase trescientos dólares (USA 300.00), la partida mensual para sostenimiento de la oficinas del Consulado de Colombia Filadelfia, Estados Unidos de América.

Artículo 2º

º. A partir de la misma fecha, auméntase en doscientos dólares (US$200.00), la partida mensual para arrendamiento de las oficinas del Consulado de Colombia en. Filadelfia, Estados Unidos de América,

Artículo 3º

º. Las sumas señaladas en el presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en el Decreto número 142 de 1935.

Artículo 4º

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público