Artículo 1
Créase la Oficina Postal y Telegráfica de La Virgen (Corregimiento del Municipio de Quipile), en el Departamento de Cundinamarca, servida por un Telegrafista Administrador de Correos, con sueldo mensual de $ 45.00 y se nombra para desempeñar el cargo a la señorita Beatriz Castro Acevedo.
El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al capítulo 76, artículo 1162 de las Apropiaciones vigentes.
Artículo 1162De Las Apropiaciones Vigentes
Artículo único. Créase la Oficina Postal y Telegráfica de La Virgen (Corregimiento del Municipio de Quipile), en el Departamento de Cundinamarca, servida por un Telegrafista Administrador de Correos, con sueldo mensual de $ 45.00 y se nombra para desempeñar el cargo a la señorita Beatriz Castro Acevedo.
El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al capítulo 76, artículo 1162 de las Apropiaciones vigentes. Comuníquese y publíquese.