Micelio

decreto 2035 de 1942

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Artículo 1

Créase la Oficina Postal y Telegráfica de La Virgen (Corregimiento del Municipio de Quipile), en el Departamento de Cundinamarca, servida por un Telegrafista Administrador de Correos, con sueldo mensual de $ 45.00 y se nombra para desempeñar el cargo a la señorita Beatriz Castro Acevedo.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al capítulo 76, artículo 1162 de las Apropiaciones vigentes.

Artículo 1162De Las Apropiaciones Vigentes

Artículo único. Créase la Oficina Postal y Telegráfica de La Virgen (Corregimiento del Municipio de Quipile), en el Departamento de Cundinamarca, servida por un Telegrafista Administrador de Correos, con sueldo mensual de $ 45.00 y se nombra para desempeñar el cargo a la señorita Beatriz Castro Acevedo.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al capítulo 76, artículo 1162 de las Apropiaciones vigentes. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos