en uso de las facultades que le confieren los artículos 189 ordinal 14 y 217 de la Constitución Política
Artículo 1La Planta De Alumnos De Las Escuelas De Formación, De Oficiales Para Las Fuerzas Militares Durante La Vigencia De 1992, Queda Constituida En La Siguiente Forma: 1
° La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación, de Oficiales para las Fuerzas Militares durante la vigencia de 1992, queda constituida en la siguiente forma
EJERCITO Alféreces y Cadetes 1.500
ARMADA: Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines y Cadetes 700
FUERZA AEREA: Alféreces y Cadetes 380 TOTAL GENERAL 2.580
Artículo 2La Planta De Soldados Para La Vigencia De 1992, Será La Siguiente: 1
° La Planta de Soldados para la vigencia de 1992, será la siguiente
EJERCITO Soldados Regulares 77.691 Soldados Alumnos 1.800 Soldados Voluntarios 14.158 TOTAL 93.649
ARMADA: Grumetes 600 Soldados Alumnos Infantería de Marina 200 Soldados de Infantería de Marina 6.853 Soldados Voluntarios 1.198 TOTAL 8.851
FUERZA AEREA : Soldados Regulares 3.900 Soldados Alumnos 600 TOTAL 4.500 TOTAL GENERAL 107.000
Artículo 3Con El Propósito De Hacer Viable La Ejecución De Esta Planta De Personal, Desde El Punto De Vista Presupuestal, Los Movimientos De Personal Deberán Hacerse En Forma Gradual, Consultando Estrictamente Las Necesidades De Efectivos Para El Cabal Cumplimiento De Las Funciones Asignadas A La Institución
º Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta Planta de Personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la institución.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.