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decreto 3126 de 2007

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Defensa Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de conformidad con las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Púb

Considerando · 1 motivo

Que el Ministerio de Defensa Nacional presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de conformidad con las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar la planta de personal de la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia;

Artículo 1Créanse En La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Ministerio De Defensa Nacional-Dirección General De La Policía Nacional De Colombia, Los Siguientes Empleos: Direccion De Bienestar Social N° De Cargos Denominacion Del Cargo Codigo Grado 2 (Dos) Profesional De Defensa 3-1 20 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 18 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 17 Direccion De Sanidad N° De Cargos Denominacion Del Cargo Codigo Grado 2 (Dos) Profesional De Defensa 3-1 20 2 (Dos) Profesional De Defensa 3-1 18 3 (Tres) Profesional De Defensa 3-1 17 2 (Dos) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 33 2 (Dos) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 31 2 (Dos) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 30 4 (Cuatro) Auxiliar Para Apoyo De Seguridad Y Defensa 6-1 23

°. Créanse en la planta de personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional-Dirección General de la Policía Nacional de Colombia, los siguientes empleos: DIRECCION DE BIENESTAR SOCIAL N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 20 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 18 1 (Uno) Profesional de Defensa 3-1 17 DIRECCION DE SANIDAD N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 20 2 (Dos) Profesional de Defensa 3-1 18 3 (Tres) Profesional de Defensa 3-1 17 2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 33 2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 31 2 (Dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 30 4 (Cuatro) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 23

Artículo 2En Los Cargos Creados En El Presente Decreto, Serán Incorporados Los Funcionarios Que Se Encontraban Vinculados A La Planta De Personal De La Oficina Del Comisionado Nacional Para La Policía, Cuyos Cargos Fueron Suprimidos Y Que Ostentan Derechos De Carrera Administrativa O Acreditaron Su Condición De Cabeza De Familia

°. En los cargos creados en el presente decreto, serán incorporados los funcionarios que se encontraban vinculados a la planta de personal de la Oficina del Comisionado Nacional para la Policía, cuyos cargos fueron suprimidos y que ostentan derechos de carrera administrativa o acreditaron su condición de cabeza de familia.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 118 De 1998

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 118 de 1998.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública