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decreto 1499 de 1969

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, créditos y efectuar los traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa, Que el Ministerio de Relaciones Exteri

Considerando · 3 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, créditos y efectuar los traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa;

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de la Resolución número 769 de 1969, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 2.000.055.00; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 38 de 1969, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 116 Servicio Exterior Programa 123 Servicio Diplomático Servicios Personales 101

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Funcionamiento Contracréditos Ministerio de Relaciones Exteriores CAPITULO 116 Servicio Exterior Programa 123 Servicio Diplomático Servicios personales 101. 112. 103. Artículo 1165. Sueldos del personal de nómina 760.225.00 102. 112. 121. Artículo 1168. Prima Diplomática 173.680.00 Programa 124 Servicio Consular Servicios personales 101. 112. 103. Artículo 1176. Sueldos del personal de nómina 269.440.00 Gastos generales 106. 112. 215. Artículo 1184. Arrendamiento y sostenimiento de oficinas 368.710.00 CAPITULO 117 Rama Técnica Programa 129 Asuntos Culturales Transferencias 206. 317. 430. Artículo 1227. Representaciones Científicas y Culturales en el Exterior 50.000.00 204. 321. 414. Artículo 1228. Adiestramiento del personal (ESAP) 50.000.00 Programa 129-A Asuntos Económicos Servicios personales 101. 112. 103. Artículo 1228-A. Sueldos del personal de nómina 100.000.00 182. 112. 117. Artículo 1228-B. Prima de navidad 8.000.00 Programa 129-B Asuntos de Inmigración Servicios Personales 101. 112. 103. Artículo 1228-I. Sueldos del personal de nómina 80.000.00 CAPITULO 118 Rama Administrativa Programa 130 Dirección Administrativa Servicios personales 101. 111. 103. Artículo 1229. Sueldos del personal de nómina 140.000.00 Suman los contracréditos 2.000.055.00 Créditos Presupuesto de Funcionamiento Ministerio de Relaciones Exteriores CAPITULO 115 Administración y Dirección del Ministerio Programa 121 Dirección Superior Servicios personales 105 111. 103. Artículo 1158. Sueldos del personal de nómina 201.060.00 Gastos generales 105. 111. 201. Artículo 1154. Mantenimiento y aseguros 20.000.00 05. 111. 203. Artículo 1155. Compra de equipo 100.000.00 CAPITULO 116 Servicio Exterior Programa 123 Servicios Diplomático Servicios personales 101. 112. 105. Articuló 1166. Gastos de representación 20.000.00 Gastos generales 105. 112. 201. Artículo 1169. Mantenimiento y aseguros 50.000.00 105. 112. 203. Artículo 1170. Compra de equipo 300.000.00 106. 112. 211. Artículo 1173. Materiales y suministros 15.000.00 Programa 124 Servicio Consular Gastos generales 105. 112. 201. Artículo 1179. Mantenimiento y aseguros 20.000.00 106. 112. 205. Artículo 1181. Viáticos y gastos de viaje 104.694.20 CAPITULO 117 Rama Técnica Programa 126 Dirección General de Protocolo Servicios personales 101. 112. 103. Artículo 1190. Sueldos del personal de nómina 15.000.00 Gastos generales 105. 112. 201. Artículo 1192. Mantenimiento y aseguros 15.000.00 105. 112. 203. Artículo 1193. Compra de equipo 20.000.00 Programa 127 Dirección y Coordinación Gastos generales 105. 112. 201. Artículo. 1198. Mantenimiento y aseguros 30.000.00 105. 112. 203. Artículo 1199. Compra de equipo 76.900.00 Transferencias 206. 112. 440. Artículo 1209. Cuota para el Comité Intergubernamental Inmigratorio 3.260.00 206. 112. 440. Artículo 1214.-A, Cuotas para el Instituto Ítalo-Latinoamericano 267.535.80 Programa 128 Asuntos Consulares Servicios personales 101. 112. 103. Artículo 1215. Sueldos del personal de nómina Gastos generales 105. 112. 203. Artículo 1218. Compra de equipo 15.000.00 106. 112. 219. Artículo 1221. Transporte de inmigrantes, sostenimiento, alojamiento y gastos menores 350.000.00 Programa 129 Asuntos Culturales Gastos generales 106 112. 213. Artículo 1226. Impresos y publicaciones 30.000.00 CAPITULO 118 Rama Administrativa Programa 130 Dirección Administrativa Servicios personales 101. 111. 115. Artículo 1229-A. Dominicales y días feriados 36.600.00 Gastos generales 105. 111. 201. Artículo 1231. Mantenimiento y aseguros 15.000.00 105. 111. 203. Artículo 1232. Compra de equipo 180.000.00 106. 111. 205. Artículo 1232-A. Viáticos y gastos de viaje 51.700.00 106. 111. 219. Artículo 1233-C. Repatriación de colombianos pobres 40.080.00 Suman los créditos 2.000.055.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La

° El presente Decreto rige desde la. fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público